Esto es lo que la Gente opina sobre el regreso de La Parada
Opiniones sobre la Parada
La decisión del juez Malzon Urbina de devolver a La Parada su condición de mercado mayorista, al concluir que fueron vulnerados derechos de los comerciantes por parte de la Municipalidad de Lima, ha sido cuestionada por un sector tras haberse hecho pública. Sin embargo, en el marco del hábeas corpus presentado por los comerciantes de La Parada entraron a tallar una serie de elementos de índole jurídica, tanto civil como penal.
El magistrado Urbina señala en su sentencia que, tras evaluar las declaraciones de la alcaldesa de Lima, Susana Villarán; del ministro del Interior, Wilfredo Pedraza, y las de los policías que participaron en la intervención del mercado en La Victoria, halla responsabilidad delictiva por la vulneración de derechos y por los hechos de violencia que se suscitaron en ese lugar en octubre del año pasado.
No hay irregularidad
El penalista Luis Lamas Puccio sostiene que no existe irregularidad en el hecho que el juez del 56 Juzgado Penal de Lima se pronuncie en el hábeas corpus sobre la existencia de los referidos indicios delictivos, y que aquello es absolutamente válido y jurídico en todos los procesos de esta naturaleza.
«El juez (Urbina), que no es competente para pronunciarse en temas penales, le dice al Ministerio Público que él es el encargado y por eso pone en su conocimiento esos hechos», dijo Lamas Puccio en relación con la duda puesta en el tapete por diversos elementos de la política, quienes se preguntan si es válido que, al resolver un recurso de hábeas corpus, se pueda estimar la vigencia de delitos.
Otro punto que entró en discusión es el relacionado con la posibilidad de que un juez de primera instancia pueda declarar la nulidad de una ordenanza municipal, como la que dictó la alcaldesa, Susana Villarán, retirándole a La Parada el título de mercado mayorista.
Ugarte del Pino
Por su parte el constitucionalista y ex decano del Colegio de Abogados de Lima (CAL), Vicente Ugarte del Pino, consideró que si bien los comerciantes tienen la facultad de ejercer su derecho a trabajar libremente, la labor del municipio es cumplir con su rol fiscalizador y ordenador. «Allí (en La Parada) se infiltra la gente de mal vivir, hay mucho latrocinio; de manera que tanto el municipio como la Policía Nacional tienen que estar presentes en estos mercados», dijo en contraposición a lo resuelto por el juez Urbina, que dispuso el retiro del contingente policial que aún se encuentra en las inmediaciones del mercado por estar el fallo aún en apelación.
Raúl Chanamé
De otro lado, el decano del Colegio de Abogados de Lima (CAL), Raúl Chanamé, opinó que la sentencia que dispone reabrir el mercado La Parada daña la credibilidad del Poder Judicial porque favorece el derecho de una minoría de comerciantes sobre la tranquilidad de toda la población.
Desde el punto de vista legal, dijo, siempre se debe preferir la tranquilidad colectiva y el derecho de las mayorías, razón por la cual «de ninguna manera justificamos este fallo, porque no tiene asidero legal en el derecho, en la razón ni en el sentido común».
En este sentido Chanamé dijo esperar que la anunciada apelación de la sentencia «permita revocar, en una sala plural, compuesta por tres vocales superiores, esta sentencia».
Conclusión
Sin embargo, al margen de conjeturas meramente sociales, existe un criterio jurídico que debe prevalecer, como el que defiende el Juzgado respecto a la validez de los contratos. El terreno donde se encuentra La Parada fue donado por Luis Cánepa Caycho –a través de un contrato en el que intervino el entonces Concejo Provincial de Lima– con el fin exclusivo que allí se construyera un mercado mayorista y minorista. De manera que las autoridades municipales están impedidas de trastocar el objeto de donaciones como estas, donde en 1965 el concejo aceptó la cesión de 104 hectáreas para ser destinadas al mercado mayorista La parada.
JUEZ DEFIENDE SU FALLO
El juez Malzon Urbina defendió su fallo que declaró fundado el recurso de hábeas corpus que presentaron los comerciantes de La Parada para volver al ex centro de abastos de La Victoria.
El magistrado alegó que este terreno fue donado por la familia Cánepa Caycho para el funcionamiento de un mercado mayorista y otro minorista, y que, por tanto, no se le puede dar un uso diferente, como pretende la gestión de Susana Villarán.
«El contrato de donación estableció en su cláusula segunda que la Municipalidad de Lima aceptaba, nadie puede regalar algo sin que la otra parte no quiera», dijo el magistrado, tras subrayar que las donaciones constituyen un contrato y «los contratos son de obligatoriedad insalvable de cumplimientos».
El juez Urbina señaló que la administración edil no cumplió con el debido proceso al ordenar el desalojo de los comerciantes. «Hay frondosos indicios de la perpetración de varios delitos contra la fe pública», advirtió.
Además, el magistrado consideró ilegal que el municipio de Lima modifique el uso del terreno de La Parada, que fue donado por la familia Cánepa Caycho para que ahí funcione un centro de abastos, y lo pretenda convertir en un parque.